Gobierno electrónico de países latinoamericano

 Gobierno  Electrónico Bolivia 



Acorde al mandato legal establecido en la Constitución Política del Estado (CPE), la Ley N° 164 y el D.S. 1793, cabe reformular los lineamientos e infraestructura sobre los que se desarrolla el Gobierno Electrónico en el país, en el horizonte de la Agenda 2025, fundamentalmente en su punto 4: soberanía tecnológica con identidad propia, enmarcados en los principios del Vivir Bien (SumajKawsay, Suma Qamaña, Ñandereko, TekoKavi, IviMaraei).

La falta de coordinación no ha permitido que se generen procesos de interoperabilidad entre las entidades públicas, manifestando la precariedad de la infraestructura tecnológica de la mayoría de las entidades públicas como del Estado en general. Se requiere que le gobierno Boliviano se organice en los proceso de interoperabilidad  con       todas sus instituciones

Estado impulsa el aprovechamiento de las TIC en relación del uso de Gobierno Electrónico, o la relación de la Empresa privada o Industria con el Gobierno Electrónico, se limita a aspectos tributarios (PRICOS Y GRACOS Principales y Grandes Contribuyentes), y las declaraciones de obligaciones tributarias de un grupo reducido de ciudadanos. Se debe ampliar a otras  instituciones públicas  para tener una mejor participación o relación entre el ciudadano y el gobierno

Las características de la infraestructura tecnológica de sus entidades, muestran que 8% de las instituciones cuenta con infraestructura tecnológica Optima; el 28%  que su infraestructura en suficiente pero mínima, mientras que el 64% considera que su Infraestructura tecnológica es Insuficiente, Antigua u Obsoleta. Se recomienda la adquisición de tecnología de punta para optimar los procesos administrativos 

La atención no se encuentra orientada a satisfacer necesidades y requerimientos de la población por parte de las Entidades Públicas. Esta se refleja en el hecho de que la prestación del servicio no se realiza en el tiempo y la forma adecuada. Adicionalmente se suma la inexistencia de una cultura del reclamo, algo que imposibilita la mejora en atención a la población.

Tampoco se cuenta con una herramienta estándar de automatización de procesos y trámites administrativos en el Estado y la incorporación de la firma y certificado digital todavía restan obstáculos legales y técnicos que se deben salvar para implementarse e incluirse en la herramienta de automatización de procesos en el Estado. Se debe crea la base legal para implementa leyes que permitan la digitación de firma.

Considerando que:
  1. Se disminuyen los tiempos perdidos en trámites realizados.
  2. Permite reducir los costos en gastos de transporte, traslado, papelería, fotocopias, y otros instrumentales relacionados a los trámites y servicios.
  3. Se tiene seguridad de no pagar montos no establecidos a funcionarios que intermedian los procesos administrativos de trámites y servicios.
  4. Evita la burocracia excesiva en la generación de trámites y servicios.
  5. Permite contar con información veraz y oportuna.
  6. Evita el maltrato de la mala atención de algunos de los servidores públicos.
  7. Interacción con atención personalizada.
  8. Posibilidad de ejercer control social.
  9. Modernidad del Estado.

 


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